INMIGRANTES INDOCUMENTADAS ¿HASTA CUANDO SIN PROTECCION FRENTE A LA VIOLENCIA DE GENERO? - Madrid AMNISTIA INTERNACIONAL 2005 - 20 p.

Este informe contiene un primer apartado a través del cual se advierte que el principio de no discriminación debe ser conducido al terreno de las medidas concretas y a la aplicación práctica, y no quedar encerrado en el terreno retórico, de modo que refleje claramente la voluntad política del Estado ante la violencia de género. Los siguientes apartados profundizan sobre las formas que toma dicha discriminación y propone recomendaciones concretas al Gobierno central y a los gobiernos autonómicos. En el último apartado se propone un llamamiento a la acción, enviando una carta a la Delegada Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer para que impulse y coordine dentro del Gobierno acciones efectivas y consistentes con la obligación del Estado español de proteger los derechos humanos de las mujeres extranjeras indocumentadas ante la violencia de género.


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