01894nam a22003257i 450000500170000000800410001704100080005811000210006624500770008726000850016430000100024952010190025965000250127865000300130365000130133365000180134665000300136465000220139465000200141665000130143665100200144965300200146965500150148992100110150499600090151599600070152499800080153193900130153995200160155220141212095301.0010314s2001 sp gr 000 0 spa c aspa1 aCOMISION EUROPEA10aORIENTACIONES COMUNES PARA EL SEGUIMIENTO Y LAS EVALUACIONES INTERMEDIAS aLUXEMBURGObOFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEASc1996 a38 p. aLos Estados miembros de la Unión Europea se encargan del seguimiento y las evaluaciones intermedias de las intervenciones de los Fondos Estructurales en el marco de la cooperación. Su realización es responsabilidad de los comités de seguimiento con arreglo a las especificidades tanto de los distintos Fondos como de las realidades locales, regionales y nacionales. El presente documento contiene orientaciones para ayudar en su cometido a los responsables de la aplicación de los Fondos Estructurales. La Comisión Europea no tiene la intención de imponer un marco único a los Estados miembros, sino más bien poner a su disposición un instrumento de trabajo que pueda servir de referencia para los trabajos que se realicen. Estas orientaciones han sido concebidas para clarificar los conceptos de seguimiento y evaluación y establecer un esquema de lectura que combine la flexibilidad apropiada a las diversas situaciones de los Estados miembros y la coherencia necesaria a nivel comunitario.14aEstudio longitudinal14aEvaluación de servicios14aManuales14aMetodología14aPlanes de acción social14aPolítica social14aRecomendaciones14aTeoría14aUnión Europea10aAcción social 4aDocumental a10399110a21.110a93 aMON a20010314 o93.404yMON