TY  - BOOK
AU  - EspÃ­n, M.
TI  - Los convenios de la OIT sobre el trabajo a domicilio y el trabajo a distancia
SN  - 2254-3295
KW  - Trabajo
KW  - Teletrabajo
KW  - Normativa
KW  - Convenios
KW  - OIT
KW  - Panorama internacional
KW  - EspaÃ±a
KW  - AcciÃ³n social
KW  - Documental
N2  - A lo largo de la presente investigaciÃ³n se ha analizado la vocaciÃ³n que mueve a la OrganizaciÃ³n Internacional en su actividad normativa. Esa vocaciÃ³n es promover la justicia social en las relaciones laborales como presupuesto de la paz universal y permanente. Este objetivo se mantiene a pesar de los mÃºltiples obstÃ¡culos a los que se enfrenta la aplicaciÃ³n efectiva de las normas de la OIT, tales como los procesos de regionalizaciÃ³n y subregionalizaciÃ³n del mundo; los efectos de la mundializaciÃ³n; la polarizaciÃ³n en tÃ©rminos de riqueza e igualdad entre el norte y el sur del planeta; la pÃ©rdida de protagonismo de los Estados como sujetos polÃ­ticos frente a los sujetos econÃ³micos, etc.<br>Esa vocaciÃ³n y esos obstÃ¡culos se muestran con toda su contundencia en el anÃ¡lisis posterior de los contenidos del Convenio nÂº 177 OIT sobre el trabajo a domicilio y de la RecomendaciÃ³n 184 OIT sobre el trabajo a domicilio y en el estudio de los motivos que han llevado al escaso Ã©xito de ambos instrumentos, al menos bajo la perspectiva de su ratificaciÃ³n. <br>En este estudio se manifiesta el impacto de un proceso de regionalizaciÃ³n tan claro como es el proceso de consolidaciÃ³n de la UniÃ³n Europea, sobre todo tras la aprobaciÃ³n del Tratado de Lisboa en 2009. Fruto de la vigorizaciÃ³n de este proceso son las funciones atribuidas a la ComisiÃ³n Europea dentro de las instituciones de la UniÃ³n. En este sentido, la ComisiÃ³n representa los intereses de la UniÃ³n como tal, mÃ¡s allÃ¡ del conjunto de Estados que la integran. Con esta funciÃ³n, la ComisiÃ³n ratifica el Convenio nÂº 177 que la mayorÃ­a de sus Estados miembros no ha ratificado, pero lo hace a travÃ©s de una RecomendaciÃ³n. De este modo, en mi trabajo se muestra cÃ³mo la UniÃ³n avanza en sus polÃ­ticas externas y en sus polÃ­ticas sociales, sin inmiscuirse en competencias que son propias de sus Estados. A pesar de ello, sÃ­ adopta mecanismos como la RecomendaciÃ³n que insta a sus Estados a ratificar el Convenio de la OIT, con el objeto de fortalecer una determinada imagen de la UE. <br>Por otra parte, en esta investigaciÃ³n aparece la fuerza de las realidades econÃ³micas de cada regiÃ³n para Â«fraccionarÂ» la normativa universal de la OIT. AsÃ­ se produce, cuando los interlocutores sociales a nivel europeo, a instancias del Consejo Europeo alcanzan un Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo. En el estudio de este acuerdo, se observa cÃ³mo en la UE se apuesta por una modalidad especÃ­fica de trabajo a domicilio: aquella que usa las nuevas tecnologÃ­as de la informaciÃ³n. Por otra parte, se destaca con interÃ©s, el papel de los interlocutores sociales en la ejecuciÃ³n de los contenidos de este acuerdo a travÃ©s de sus tareas negociadoras en cada Estado miembro. En esta ocasiÃ³n, el legislador estatal va detrÃ¡s de los sujetos econÃ³micos. <br>Tal es el caso espaÃ±ol, cuya ordenaciÃ³n del trabajo a domicilio se analiza a fin de constatar que respeta en lo esencial los parÃ¡metros universales de la OIT sin necesidad de ratificar el Convenio nÂº 177 ni la RecomendaciÃ³n. Ahora bien, con la nueva redacciÃ³n del art. 13 ET por la Ley 3/2012, referida al trabajo a distancia, no sÃ³lo se superan esos parÃ¡metros en materia de trabajo a domicilio, sino que se incorpora la apuesta europea por el teletrabajo.
UR  - \\Srvdatos\siis\docus\Revistas electrÃ³nicas\Revista del Ministerio de Trabajo e InmigraciÃ³n R.1299\2014\Los convenios de la OIT sobre el trabajo a domicilio.pdf
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