02117nam a22003017a 4500939001300000005001700013008004100030040002000071041000800091110003200099245011600131260006100247300000700308520121400315650002101529650002301550650002001573650002901593650002401622651002101646653001201667655001501679856006201694926001101756998000801767931001301775952002701788 a2025062320250623120839.0250623b2024 sp ||||| |||| 00| 0 spa d aSIISbspadsiis aspa aHaute Autorité de Santé aRéférentiel d’évaluation de la qualité des établissements et services sociaux et médico-sociaux aSaint-Denis La PlainebHaute Autorité de Santéc2022 a26 aEl proceso de evaluación es un motor para la movilización de profesionales, en una dinámica de mejora continua de la calidad de la atención prestada a las personas a las que sirven.
La obligación de los establecimientos y servicios sociales y médico-sociales (ESSMS) de realizar una evaluación se introdujo mediante la ley del 2 de enero de 2002, que reformó la acción social y médico-social.
Esta ley permitió que los ESSMS se incluyeran en un proceso de mejora continua de la calidad de los servicios y actividades prestados.
La ley del 24 de julio de 2019, relativa a la organización y transformación del sistema sanitario (artículo 75), introduce una nueva fase en la evaluación de los ESSMS y modifica el artículo L. 312-8 del Código de Acción Social y Familias (CASF), que establece: «Con el objetivo de mejorar continuamente la calidad, los establecimientos y servicios mencionados en el artículo L. 312-1 evaluarán y harán evaluar la calidad de los servicios que prestan según un procedimiento desarrollado por la Alta Autoridad de Salud, a que se refiere el artículo L. 161-37 del Código de la Seguridad Social...». aPersonas mayores aServicios sociales aCalidad de vida aCalidad de la atención aEstudio cualitativo aFrancia91965360 aMayores aDocumental uhttps://www.siis.net/documentos/Path/601847.pdfzServidor aKarina aMON aCTLG_MSS aSIScSISoArchivoyMON